Los Comuneros de Castilla
y la ciudad de Cuenca
Mucho se ha hablado e incluso escrito,
pero poco se ha difundido a nivel popular, la historia pormenorizada de la
Guerra de las Comunidades en Castilla, que se desató en Toledo en 1520 y se
extendió por toda el territorio castellano como una auténtica guerra civil
entre comuneros e Imperiales.
Los llamados Comuneros, se alzaron contra
el recién llegado nuevo rey, heredero de las Coronas de Castilla y Aragón al
haber muerto los Reyes Católicos sin
descendencia tras haber fallecido muy joven el heredero legítimo y haber
(supuestamente) enloquecido la que debería haber sido reina de ambas coronas,
Juana, apodada “La Loca”, que según algunos historiadores, fue víctima de
intrigas e intereses palaciegos de su padre el Rey Fernando de Aragón y la
complicidad de ciertos sectores de las altas noblezas Castellana y Aragonesa.
Naturalmente, este hecho ha sido muy controvertido y a la hora de interpretarlo
y narrarlo, hay opiniones muy encontradas.
El nuevo rey Carlos I de España y V de
Alemania, era hijo de Juana I de Castilla y Felipe de Habsburgo (el Hermoso), y nieto por
vía paterna de Maximiliano I de Habsburgo y María de Borgoña,
de quienes heredó el patrimonio borgoñón, los territorios austríacos y el derecho al
trono imperial, y por vía materna de los Reyes Católicos,
Isabel I de Castilla y Fernando II de Aragón, de quienes heredó Castilla,
Navarra, las Indias, Nápoles, Sicilia y Aragón. Muchos historiadores piensan que fue
fruto de un conjunto de casualidades que Carlos llegara a reinar como rey de la
todavía no nacida España, pero no son pocos los que consideran que fue todo
fruto de una maquiavélica conspiración.
En realidad la chispa que encendió el
descontento castellano, surgió de la nobleza, celosa de la corte de Flamencos (extranjeros
de Flandes), que acompañaba a Carlos V, encabezados por Adriano de Utrech,
cardenal flamenco y mano derecha del nuevo rey, ante la posibilidad de perder
sus privilegios e influencia en los asuntos de la corte. Este descontento
prendió en la media y baja nobleza y se extendió a la naciente burguesía.
Este enfrentamiento, de poco más de un
año, muy cruento, y que acabó con los dirigentes comuneros decapitados tras la
batalla final de Villalar (hoy Villalar de los Comuneros), ha sido
intencionadamente silenciado, cuando no desprestigiado y vilipendiado por la
historiografía nacional, quizás por el mal ejemplo que suponía un levantamiento
de los comunes contra la monarquía y la élite constituida por la alta nobleza
española. Pero lo cierto es que tras convocarse la “Santa Junta del Reino” en
Ávila, se redactó la primera constitución de la Era Moderna: la “Ley Perpetua
de Castilla”.
Un ejemplo, es la poca trascendencia a
nivel de publicaciones bibliográficas que ha tenido esta guerra en nuestra provincia. De hecho, éste es el
primer artículo que he podido leer sobre lo acaecido en Cuenca capital durante
aquel confuso tiempo. Sería de agradecer un estudio parecido sobre lo sucedido
en todo el territorio de la actual Castilla La Nueva.
Adjuntamos a continuación, un
pormenorizado estudio sobre lo sucedido en la capital conquense durante el tiempo
que duró aquel “conflicto”, realizado por Máximo Diago Hernando en 2002.
P. López Ocaña
En
Tarancón: Opinión y Cultura
La Ley Perpetua redactada por la Junta de Procuradores de las Comunidades castellanas reunida en Ávila en el verano de 1520 resulta ser el precedente constitucional hispánico, frustrada en su aplicación por la oposición del rey Carlos de Habsburgo y su corte. Y es que el movimiento político comunero desarrollado entre 1519 y 1521 puede considerarse como la primera revolución constitucional europea si analizamos con detalle el proceso y el documento en que se concreta como Ley Perpetua del Reino de Castilla. La Ley Perpetua de 1520 expresa los elementos propios de la Constitución Política castellana formalizados ahora en un texto aprobado por los representantes de las principales ciudades de la Castilla nuclear. La Ley Perpetua, redactada y aprobada por una Junta extraordinaria –no convocada por el rey– de procuradores a modo de Cortes Constituyentes, es impuesta al rey y no puede ser modificada por el mismo ni por Cortes ordinarias. Se establece la total independencia de las Cortes como asamblea representativa de estamentos y ciudades respecto del rey que aparece como el Protector ejecutivo del reino; se fijan las funciones y modos de elección de los diputados como portavoces de los Concejos; se declara la independencia y profesionalidad de los jueces; se reestructura la administración estableciéndose criterios de selección y controles objetivos; se establecen específicas garantías judiciales en favor de la libertad y derechos de los ciudadanos y se reordenan los derechos de nacionalidad; se establece una Hacienda Pública y un orden económico en beneficio del desarrollo material del reino, de su producción y su comercio; se prohíbe la injerencia de los extranjeros, excluyéndose a éstos del ejercicio de cualquier cargo público; se garantiza, en fin, una amplia autonomía local-territorial en favor de Concejos y Comunidades cuyas autoridades eligen los vecinos, excluyéndose toda injerencia regia. El pueblo castellano pretendía establecer formalmente la primera monarquía constitucional, sin embargo, el rey y una corte de extranjeros apoyados por determinados sectores directamente beneficiarios del nuevo orden cesarista combatieron aquella pretensión logrando, con el tiempo, desvirtuar la estructura jurídico-política castellana, que tuvo que adaptarse a un molde foráneo de índole monárquico-absolutista. El Imperio de los Habsburgo, terminaría por debilitar en extremo a aquella próspera, dinámica y libre Castilla que se asomaba pletórica al mundo al principiar el siglo XVI. La Ley Perpetua de Castilla de 1520. Fundamentos de la democracia castellana. Autor: Ramón Peralta. Editorial Acal.
*********
EL CONFLICTO DE LAS COMUNIDADES EN
CUENCA (1520-1522)
MÁXIMO
DIAGO HERNANDO
Aceptado:
7-9-02.
BIBLID
[0210-9611(2002); 29; 27-62]
RESUMEN
Para profundizar en
el estudio del movimiento comunero desde la perspectiva local, el autor analiza
en este trabajo el caso concreto de la ciudad de Cuenca, utilizando la
información proporcionada por los libros de actas del concejo de los años 1520,
1521 y 1522. Se analizan los cambios que tuvieron lugar en la vida política de
Cuenca desde el verano de 1520 y sus efectos sobre las relaciones establecidas
entre la corporación de gobierno local y la Junta comunera de Tordesillas-Valladolid.
Se demuestra que la presión comunera introdujo algunos cambios en el funcionamiento
de la asamblea concejil, aunque los regidores la continuaron controlando, y
sólo algunos dejaron de asistir a sus sesiones y abandonaron la ciudad. Y se
pone de manifiesto que el apoyo prestado por el grupo gobernante conquense a la
Junta comunera fue siempre débil y ambiguo, pues accedió muy tarde a enviar
procuradores, y al poco tiempo les exigió que abandonasen dicha asamblea.
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MÁXIMO DIAGO HERNANDO
Conforme
se incrementa el número de investigaciones monográficas dedicadas al análisis
del desarrollo del conflicto comunero en las distintas ciudades de Castilla,
vamos advirtiendo mejor que se trató de un proceso sumamente complejo y difícil
de reducir a unas pocas y sencillas líneas interpretativas. Pues éstas han
permitido comprobar que la reacción de las distintas sociedades políticas
locales ante los constantes cambios políticos que los problemas sucesorios
precipitaron sobre Castilla a partir de 1497 adoptó unas características
peculiares en cada una de ellas. Joseph Pérez ya lo demostró en parte en el
extenso capítulo de su libro dedicado al estudio de la geografía del movimiento
comunero (1).
Pero, a
pesar del magno esfuerzo de análisis de una ingente masa documental que realizó
este autor, dejó insuficientemente aclarados muchos aspectos relativos al
desarrollo del conflicto de las Comunidades en numerosos ámbitos locales y
regionales del reino. Y en concreto se advierte que trató de forma bastante
superficial los casos de aquellas ciudades que, si bien a diferencia de las
andaluzas no se mantuvieron completamente al margen del conflicto, al haber
enviado procuradores a la Junta comunera, no se mostraron dispuestas a apoyar los
proyectos reivindicativos de signo más radical, y finalmente terminaron
desertando del bando rebelde para apresurarse a declarar su fidelidad al rey.
En este
grupo de ciudades habría que incluir las de Burgos, Soria, Guadalajara y
Cuenca, de las cuales sólo la primera fue objeto de un pormenorizado análisis en
la obra de Joseph Pérez, que asignó una especial relevancia a la defección
burgalesa en su modelo explicativo del fracaso de la revuelta comunera en el
conjunto del reino (2). Pero, por contra, este autor dedica escasa atención al
estudio de los procesos
_____
1. PÉREZ, Joseph, La revolución
de las Comunidades de Castilla (1520-1521), Siglo XXI, Madrid, 1979.
2. Para una explicación diferente
sobre el fracaso de las Comunidades en Burgos Vid. PARDOS MARTÍNEZ, J.
A., “Constitución patricia y comunidad en Burgos a fines del siglo XV
Reflexiones en torno a un documento de 1475”, en La ciudad hispánica durante
los siglos XIII al XVI, Universidad Complutense Madrid, 1985, pp. 545-580.
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EL CONFLICTO DE LAS COMUNIDADES EN
CUENCA
ocurridos en Guadalajara, Cuenca y Soria, que
tampoco han atraído apenas la atención de otros investigadores, hasta que
recientemente Pablo Sánchez León dedicó un extenso estudio al caso de Guadalajara,
en el que, sin embargo, no se hace ningún tipo de referencia a los de Soria y
Cuenca, que presentan algunos interesantes paralelismos con aquél, los cuales,
de haber sido tenidos en cuenta por este autor, habrían permitido contextualizarlo
mucho mejor (3).
Para
cubrir en parte este vacío, y complementando un trabajo que recientemente hemos
publicado sobre las Comunidades en Soria (4), nos hemos propuesto por tanto
dedicar ahora un breve estudio monográfico a la reconstrucción del movimiento
comunero en Cuenca, aprovechando preferentemente las informaciones aportadas
por los libros de actas del concejo, que se conservan para los años 1520, 1521
y 1522 (5). Pues, aunque esta importante fuente documental fue en parte dada a
conocer por Danvila en su magna colección documental (6), apenas ha sido tenida
en cuenta por quienes han analizado el movimiento comunero, tanto desde una
perspectiva global (7) como desde la perspectiva de la historia local (8). Y el
conocimiento de los procesos que tuvieron lugar en Cuenca y en Soria en los
años 1520 y 1521 entendemos que puede
_____
3. SÁNCHEZ LEÓN, Pablo, Absolutismo
y comunidad. Los orígenes sociales de la guerra de los comuneros de Castilla,
Siglo XXI, Madrid, 1998.
4. DIAGO HERNANDO, Máximo, “Las
ciudades castellanas contra Carlos I: Soria durante la revuelta de las
comunidades”, Celtiberia, 94 (2000), pp. 125-184.
5. Hemos consultado los libros de
actas en la versión microfilmada que se conserva en el Servicio Nacional de
Microfilm, en el edificio del Archivo Histórico Nacional, en Madrid.
6. DANVILA, Manuel, Historia
crítica y documentada de las Comunidades de Castilla, en Memorial Histórico
Español, vols. XXXV-XL, Madrid, 1897-1900. Las referencias
correspondientes a esta obra las haremos indicando en número romano el número
de orden del volumen citado dentro del conjunto de seis volúmenes que comprende
esta obra en la edición del
Memorial Histórico Español, teniendo en cuenta que el vol I corresponde al XXXV
de la colección, y así sucesivamente.
7. Las referencias que hace al
caso de Cuenca Joseph PEREZ son muy escuetas. Aporta algunas noticias más,
aunque muy confusas y en algunos casos inexactas, GUTIERREZ NIETO, J. I., Las
Comunidades como movimiento antiseñorial, Planeta, Barcelona, 1973, pp.
188-92. De estas noticias se deduce que no consultó los libros de actas, pues
las informaciones aportadas por éstos las amplían, matizan o contradicen, según
los casos.
8. La historia local que más
noticias aporta sobre las Comunidades en Cuenca es la de Mateo LÓPEZ, Memorias
históricas de Cuenca y su obispado, ed. de A. GONZÁLEZ PALENCIA, Cuenca,
1949. No suele indicar sus fuentes de información, y aunque algunas de las
noticias que aporta son corroboradas por los libros de actas, otras no tienen
reflejo en éstos.
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MÁXIMO DIAGO HERNANDO
arrojar bastante luz para avanzar en la comprensión
del fenómeno de la proliferación de “deserciones” en el bando comunero conforme
fue avanzando el conflicto, y en la valoración del alcance que tuvo el apoyo de
los grupos oligárquicos urbanos a la revuelta.
1. RESISTENCIA DE CUENCA AL ENVÍO
DE PROCURADORES A
LA JUNTA
Ya antes
incluso de haber sido inauguradas las Cortes de Santiago de Compostela, la
ciudad de Toledo envió cartas a la de Cuenca proponiéndole la celebración de
algún tipo de asamblea al margen de
las mismas, en la que se abordase la discusión del
grave problema que para la estabilidad política de Castilla iba a representar
el inminente abandono del reino por parte del monarca (9). En aquella ocasión
Cuenca desoyó esta invitación, y no sólo no accedió a entablar negociaciones con
Toledo y otras ciudades al margen de las Cortes, sino que además envió a éstas
unos procuradores que se mostraron del todo sumisos hacia la autoridad
monárquica, y pronto accedieron a conceder el servicio solicitado. A pesar de este
fracaso inicial, la ciudad de Toledo continuó sometiendo a una fuerte presión a
Cuenca, proponiéndole reiteradamente a partir de principios de junio que enviase
procuradores a la asamblea extraordinaria de ciudades con voto en Cortes que
por iniciativa suya se iba a celebrar próximamente, en un lugar en un principio
no determinado, que finalmente se terminó fijando en Ávila (10). Pronto,
_____
9. El 7-II-1520 se leyó en
consistorio una carta de la ciudad de Toledo, de 5-1-1520, en la que proponía a
la de Cuenca que se nombrasen personas “prudentes y de mucha autoridad” para
que al margen de las Cortes suplicasen al rey “las cosas que a su servicio y de
sus súbditos y naturales y buena gobernación de estos reinos convienen”, con el
pretexto de que en las Cortes había poco espacio para negociar las cosas
universales del reino, “porque todas las más ciudades que allí se juntan tienen
negocios particulares donde
algunas veces no hay lugar de negociar de los generales”.
En consistorio de 22-III-1520 se
leyó una carta del rey, fechada en Tordesillas 9-III- 1520, en la que se daba
respuesta a otra que Cuenca había enviado al monarca. El rey, aludiendo a una
carta que la ciudad de Toledo había enviado a la de Cuenca, advirtió a las autoridades
conquenses que “de juntaros con la ciudad de Toledo no hay necesidad”, pues en
las próximas Cortes se iban a explicar a las ciudades las razones por las que el
rey tenía que abandonar el reino, aunque por poco tiempo.
10. La primera carta en que
cursaba esta invitación está fechada el 8 de junio de 1520, y a ella le
siguieron otras varias en los meses de julio y agosto.
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31 EL CONFLICTO DE LAS COMUNIDADES EN
CUENCA
sin embargo, la ciudad de Burgos comenzó a rivalizar
con Toledo por compartir protagonismo con ella en la puesta en marcha de dicha
iniciativa,
y así lo demuestra en concreto una carta que cursó a
la ciudad de Cuenca a mediados de julio, por la que le invitaba a reunirse con ella
y con Toledo en la ciudad de Segovia “para entender en la paz y sosiego del
reino” (11).
No
podemos entrar a determinar en qué medida las actuaciones de Burgos y Toledo
estuvieron entonces coordinadas, pero lo cierto es que a partir de primeros de
agosto se produjo una ruptura entre ambas ciudades, y Burgos pasó a proponer la
convocatoria de una asamblea alternativa a la que Toledo había logrado reunir
en la ciudad de Ávila, que se habría de celebrar en Valladolid a mediados de
agosto, bajo la tutela del cardenal Adriano (12).
En
cualquier caso entonces Cuenca tampoco atendió los requerimientos de Burgos, a
diferencia de otras ciudades de talante también “conservador”, como Soria, que
sí accedió a enviar procuradores a la Junta que ésta propuso que se reuniese en
Valladolid. Pues, por el contrario, en todo momento permaneció aferrada a la
tesis de que, dado que las asambleas extraordinarias de ciudades estaban
prohibidas por el rey, sólo accedería a enviar procuradores a una eventual
asamblea si recibía autorización del cardenal Adriano, en su condición de gobernador
(13). Y así se lo comunicó también a éste por carta. En el transcurso del mes
de septiembre esta resistencia de la corporación de gobierno conquense al envío
de procuradores a una asamblea extraordinaria de ciudades terminó, no obstante,
por ceder, en parte debido al cambio del clima político en el conjunto del
reino tras el incendio de Medina del Campo, y en parte también porque las presiones
ejercidas por ciertos sectores procomuneros de la población local se intensificaron
notablemente.
_____
11. Esta carta fue leída en sesión
de consistorio de 16-VII-1520.
12. FERNÁNDEZ ÁLVAREZ, Manuel, “La
Zamora comunera en 1520”, Studia Histórica. Historia Moderna, 3 (1983),
p. 16. En sesión de consistorio de 9-VIII-1520 se leyó carta de Burgos a
la ciudad de Cuenca comunicándole que la anunciada asamblea de
procuradores de Cortes se iba a celebrar en Valladolid el día 15 de agosto,
fiesta de
la Asunción.
13. Es errónea la noticia que
proporciona Danvila sobre la presencia de procuradores por Cuenca en la Junta
de Ávila, a finales del mes de julio de 1520. Vid. Danvila, I, p. 445. Ya llamó
la atención sobre este grave error Joseph Pérez, quien redujo considerablemente
el número de ciudades representadas en dicha asamblea, y fijó la fecha de
inauguración de sus sesiones en el día 1 de agosto.
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32 MÁXIMO DIAGO HERNANDO
El momento preciso en que se materializó este cambio
de actitud no lo sabemos, pero lo que sí nos consta es que para el 21 de
septiembre ya había finalizado el proceso de designación de procuradores, pues en
la sesión de consistorio celebrada ese día se procedió a otorgarles poderes formales
a los cuatro individuos que habían resultado elegidos para representar a Cuenca
en la Junta comunera, que tras abandonar Ávila, pasaría a fijar su sede en
Tordesillas. Estos fueron en concreto el licenciado Titos y Juan de Guzmán,
elegidos por el estado de caballeros y escuderos; Juan de Olivares, elegido por
el estado de “guisados de caballo”, y Fernando de Alcocer, elegido por el
estado de la Comunidad. Y ya el 24 de septiembre, cuando tuvo lugar en Tordesillas
un acto formal de recepción de los procuradores por la reina Juana, entre los
presentes se encontraban, según el cronista Sandoval, los conquenses Juan de
Olivares y Fernando de Alcocer, por lo que hemos de concluir que debieron
realizar a toda prisa el viaje a esta villa castellana (14).
Desconocemos,
sin embargo, en detalle los procedimientos que se siguieron para la designación
de estos cuatro procuradores, aunque la intervención en dicho proceso de los
tres estamentos en que se distribuía la población laica demuestra que fue muy
diferente del aplicado en las elecciones de procuradores de Cortes, en el que
nunca se reconoció ningún derecho de participación al estamento de la Comunidad,
y los regidores siempre tenían reservado al menos uno de los dos oficios de
procurador (15). Y este cambio de procedimiento sin duda favoreció la
designación de individuos de talante político más radical que los miembros del grupo
oligárquico. Lo cual parece especialmente cierto en el caso del procurador
designado por la Comunidad, Fernando de Alcocer, individuo
_____
14. Danvila, II, pp. 74-5. El
licenciado Titos llegaría más tarde a Tordesillas, pues según declaración
jurada que prestó en consistorio de 18-V-1521, sólo asistió a las sesiones de
la Junta durante 32 días, y cuando llegó a Tordesillas hacía ya 20 días que la
Junta había decidido retirar la custodia de la reina al marqués de Dénia, y 8 días
que había ordenado apresar a los miembros del Consejo Real.
15. Referencia a las ordenanzas
para la elección de procuradores de Cortes en Cuenca, otorgadas por el obispo
Lope Barrientos y por el corregidor Juan Velázquez de Cuéllar, en virtud de las
cuales los regidores debían elegir uno, y los caballeros, escuderos y guisados
de caballo debían sortear entre ellos al otro, en OLIVERA SERRANO,
César, “Inventario de la
documentación medieval sobre las Cortes de Castilla y León en el archivo
municipal de Cuenca (1250-1500)”, En la España Medieval, 19 (1996), pp.
347-415. Dichas ordenanzas se encuentran en el Archivo Municipal de Cuenca,
leg. 192, doc. 1, fols. 35-36.
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33 EL CONFLICTO DE LAS COMUNIDADES EN
CUENCA
sobre el que desafortunadamente no hemos conseguido
de momento averiguar mucho, pero que sí nos consta que adoptó una actitud de fuerte
compromiso con la causa comunera durante su estancia en Tordesillas y luego en
Valladolid, donde permaneció incluso después de que los otros tres procuradores
hubiesen regresado a Cuenca, una vez que la corporación de gobierno conquense
decidió distanciarse de la Junta, por no aprobar muchas de las decisiones que
había adoptado.
2. LOS “LEVANTAMIENTOS” DE LA
COMUNIDAD DE CUENCA
EN JULIO DE 1520
Cuando a
fines de septiembre de 1520 el concejo de Cuenca se decidió finalmente a enviar
procuradores a la Junta de Tordesillas, no lo hizo sólo porque los trágicos
sucesos ocurridos a fines de agosto en Medina del Campo hubiesen contribuido
decisivamente a desprestigiar la causa realista y a alterar el equilibrio de
fuerzas en favor de los rebeldes comuneros, sino también porque en la propia
ciudad habían tenido lugar una serie de cambios que habían afectado sensiblemente
a la composición del ayuntamiento de concejo, y favorecido que en su seno se
tuviesen que tomar más en cuenta las opiniones de los sectores más radicales de
la sociedad política local, que simpatizaban abiertamente con la causa
comunera.
Las
primeras alteraciones de orden público de cierta envergadura que propiciaron la
introducción de cambios en el régimen de gobierno local tuvieron lugar a
principios del mes de julio. Los documentos no nos informan con mucho detalle
sobre sus características y alcance. Pero al menos sí tenemos constancia de que
el día 6 de julio la población se encontraba muy alterada, puesto que, en una
reunión que tuvo lugar ese día en las casas del obispo, el comendador de
Zalamea, Rodrigo Manrique, hermano del guardamayor Diego Hurtado de Mendoza, entonces
ausente del reino en compañía del rey, llegó a verse obligado a prometer
públicamente que si las otras ciudades del reino no pagaban el servicio que se
había otorgado al rey en las Cortes de Santiago-La Coruña, Cuenca tampoco lo
haría. Y el escribano que
levantó acta hizo constar que efectuó tal promesa a
los vecinos “por asosegallos que no se alterasen”. Pero al margen de este
detalle, las propias circunstancias de la celebración de la reunión en las
casas del obispo el día 6 de julio de 1520 revelan que la vida política conquense
atravesaba entonces un momento de gran turbulencia. Pues, en efecto, se trató
de una asamblea
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MÁXIMO DIAGO HERNANDO
a la que asistieron por un lado los principales
miembros del grupo oligárquico local, y por otro los diputados y otros muchos
miembros de la Comunidad, y ambas partes trataron de llegar a un acuerdo sobre
algunas graves cuestiones. Lo cual prueba que en aquellos momentos el grupo
oligárquico no se encontraba en condiciones de mantener el control de la
situación política en la ciudad, como hasta entonces lo había venido estando, y
debía recurrir a negociar con los representantes de los sectores populares de
la población, organizados en Comunidad, para evitar que se iniciase un
peligroso proceso de
deterioro del orden público. Pero ya días antes de
reunirse esta asamblea extraordinaria, el 3 de julio, había tenido lugar un importante
suceso, que desencadenó una serie de trascendentales cambios en la organización
de la vida política conquense. En efecto; ese día se presentó en la reunión del
ayuntamiento un individuo llamado Miguel Cantero,
que manifestó haber sido elegido como procurador por la Comunidad, y
consiguientemente juró conforme a derecho que usaría bien y fielmente de dicho oficio.
Era la primera vez que en una reunión de consistorio se hacía referencia a este
oficial, puesto que hasta entonces la costumbre observada en Cuenca había sido
que a las sesiones del consistorio asistiesen
con regularidad además de los oficiales de la
justicia y los regidores, un procurador síndico de la ciudad, otro de la
Tierra, y otro del estamento de caballeros y escuderos, pero nunca un
procurador
de la Comunidad.
Según sus
propias declaraciones, Miguel Cantero había sido nombrado como procurador de la
Comunidad en virtud de una provisión que los Reyes Católicos habían otorgado a
Cuenca para poder elegir dicho oficial, y la elección había tenido lugar antes
de que en la ciudad “se alterase la Comunidad”, y por lo tanto no había
guardado relación ninguna con dichas alteraciones (16). Desde el punto de vista
de los regidores, sin embargo, su elección tuvo un carácter plenamente irregular,
puesto que si bien admitían que se había producido antes de que en la ciudad se
levantase la Comunidad, según ellos sólo había intervenido en su nombramiento
el procurador síndico, Alonso de la Parra, junto con otras personas, y por lo
tanto se había dejado de observar lo que se disponía en la provisión de los
Reyes Católicos, que ordenaba que fuese nombrado por la ciudad junto con el
justicia. Pero dado que entonces, en palabras de los regidores, la ciudad
“andaba
_____
16. Declaraciones registradas en
el acta de la sesión de 18-V-1521.
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EL CONFLICTO DE LAS COMUNIDADES EN
CUENCA
alterada”, el teniente de corregidor, licenciado Montiel,
y los propios regidores accedieron a admitirle en los ayuntamientos del
concejo, para contribuir a la pacificación de la ciudad (17).
De manera que parece muy probable que tanto
este acto de juramento prestado por el procurador de la Comunidad ante el
consistorio el 3 de julio, como la celebración de la ya referida asamblea
extraordinaria con los miembros de la Comunidad el día 6, fuesen resultado del
ejercicio de una fuerte presión por los sectores populares de la población
conquense sobre el grupo oligárquico, que obligaría a éste a ceder en sus
posiciones para evitar una escalada de violencia que pudiese escapar a su
control e incluso poner en peligro su continuidad al frente de las
instituciones de gobierno local. Y, en efecto, lo que más llama la atención es
que, existiendo la referida provisión de los Reyes Católicos que autorizaba a
la elección de un procurador de la Comunidad, se esperase hasta julio de 1520
para aplicarla. Por lo que parece obligado concluir que hasta entonces
instancias muy poderosas lo habían impedido, empezando quizás por el propio
guardamayor, Diego Hurtado de Mendoza.
El
análisis de las decisiones tomadas en la asamblea celebrada el día 6 de julio
en las casas del obispo también nos confirma que los sectores populares
conquenses organizados en Comunidad estaban sometiendo a una fuerte presión a
los miembros de la oligarquía. Pues en dicha asamblea los miembros del
consistorio se comprometieron a procurar conseguir que el rey concediese la confirmación
de un privilegio de mercado franco que se había concedido anteriormente a la
ciudad, en concreto por Enrique IV en 1465, con la promesa adicional de que en caso
de que en un plazo de 14 días no se hubiese recibido despacho del gobernador
concediendo la confirmación, inmediatamente después, sin dilación alguna,
ordenarían pregonar el mercado franco, para que se guardase como se había
solido guardar en los años pasados. De lo cual se deduce que los soliviantados
sectores populares estaban presionando para que se comenzasen a aplicar los
privilegios de franqueza al mercado, con el probable objetivo de facilitar el
abastecimiento local, independientemente de que se dispusiese de autorización
regia o no; mientras que los miembros de la oligarquía, conscientes de la
_____
17. Estas declaraciones de los
regidores se registran en el acta de la sesión de 7-VI-1521. Según las mismas
en aquella ocasión el regidor Juan de Ortega quiso contradecir la entrada del
procurador al ayuntamiento, pero el licenciado Montiel le recomendó que no lo
hiciese porque al estar el procurador en el ayuntamiento se podía pacificar la
ciudad.
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DIAGO HERNANDO
gravedad de un acto de desacato a la autoridad regia
como era el de proclamar un mercado franco sin contar con el previo
consentimiento del rey, pero preocupados al mismo tiempo por la desafiante
actitud de la Comunidad, accedieron in extremis a fijar un plazo de 14
días para conseguir que el gobernador concediese la tan anhelada confirmación del
privilegio del mercado franco. Pero en cualquier caso la actitud demostrada por
la Comunidad proporciona buena prueba de que en aquellos momentos la predisposición
a acatar la autoridad regia no era grande entre los sectores populares. Y la
forma de proceder de los regidores demuestra que actuaban amedrentados por el
temor a que se desencadenase un incontrolable proceso de subversión social. Y
este mismo temor debió ser el que propició que a las sesiones de consistorio
que tuvieron lugar durante el mes de julio, y en los siguientes meses,
asistiesen no sólo el procurador de la Comunidad del que ya hemos hablado, sino
también un jurado en representación de cada una de las collaciones, y más
adelante incluso otros varios oficiales de la Comunidad, como los diputados, el
letrado y, por fin, el pesquisidor (18). Pues, en efecto, las entradas a
consistorio de todas estas personas fueron aceptadas de facto por los
miembros de la oligarquía que permanecieron en Cuenca como un mal menor, dada
la situación de inestabilidad por la que atravesaba la ciudad y el conjunto del
reino en aquellos momentos, pero nunca admitieron que de derecho estuviesen
justificadas. Y por esta razón en muchas de las sesiones de los meses de julio
y agosto, los regidores presentes efectuaron reiteradamente protestas formales
para que quedase constancia de que la presencia de los representantes de la
Comunidad en el consistorio no era consentida por ellos, sino que tenía lugar
contra su voluntad.
Nuevas alteraciones y expulsión
del teniente de corregidor a finales de julio
La
autorización de la entrada del procurador y de los jurados de las cuadrillas a
las sesiones de consistorio no parece, sin embargo, que bastaran para contentar
a los sectores más radicales de la sociedad política conquense, que militaban
en la Comunidad. Pues los
_____
18. Desempeñó el oficio de
pesquisidor, nombrado por la Comunidad, Juan de la Bachillera, identificado a
veces en los libros de actas como “pesquisidor para entender en las cosas que
en la ciudad sucedieren”.
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37 EL
CONFLICTO DE LAS COMUNIDADES EN CUENCA
ánimos continuaron inquietos durante todo el mes de
julio, hasta que tuvo lugar un nuevo levantamiento de la Comunidad, que provocó
la salida de la ciudad del representante de la justicia regia, el teniente
de corregidor, licenciado Montiel. Los sucesos
tuvieron lugar en la segunda quincena del mes de julio, y aunque desconocemos
en detalle cómo se desarrollaron, tenemos noticia de su gravedad porque en
sesión de consistorio del viernes 20 de julio de 1520 el teniente de corregidor,
licenciado Juan de Montiel, declaró que “por la pacificación de esta ciudad y
por quitar el alboroto que en ella había y por servicio de los reyes” procedía
a entregar la vara de la justicia a los regidores Andrés Valdés y Gregorio de Chinchilla,
para que ellos la diesen a su vez a quien correspondiese. Y a continuación
hicieron lo mismo los alguaciles con sus varas. De hecho el titular del
corregimiento conquense era en aquellos momentos Rodrigo de Cárdenas, contino de
la casa del rey, quien había sustituido al anterior corregidor, D. Antonio de
Córdoba, en noviembre de 1519 (19). Pero dado que tenía fijada su residencia
habitual en Huete era el licenciado Montiel quien en calidad de teniente
desempeñaba entonces las funciones propias de su cargo. Los regidores Andrés
Valdés y Gregorio de Chinchilla, en quienes el teniente de corregidor depositó las
varas de la justicia a raíz de su renuncia, decidieron entregarlas a su vez a
Rodrigo Manrique, comendador de Zalamea, que en aquellos momentos, en ausencia
de su hermano el guardamayor Diego Hurtado de Mendoza, era al parecer el individuo
que gozaba de más influencia política en la ciudad. Y, según su propia
confesión, lo hicieron con el objetivo de que “sosegase con ellas la
Comunidad”, considerando que tenía más capacidad que ellos para conseguirlo. El
comendador, no obstante, procedió de inmediato a transferir las varas al licenciado
Miguel de Cuéllar, quien al parecer servía como letrado al guardamayor, el cual
optó a su vez por compartirlas con Don Alonso Carrillo, siguiendo instrucciones
de la Comunidad.
Al día siguiente, no obstante, el sábado 21 de
julio, en una reunión extraordinaria a la que acudieron los miembros del consistorio
de un lado y once diputados de la Comunidad de otro,
_____
19. La provisión de su
nombramiento de corregidor fue presentada en consistorio el 17 de noviembre de
1519. D. Antonio de Córdoba por su parte pasó a ser corregidor de Toledo, donde
relevó de su puesto al conde de Palma, que fue apartado de su cargo porque se
le consideraba demasiado blando para hacer frente a la difícil situación toledana.
Vid. MARTÍNEZ GIL, Fernando. La ciudad inquieta. Toledo comunera,
1520-1522, Diputación Provincial de Toledo, 1993.
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estos dos últimos individuos manifestaron que, dado
que la ciudad se encontraba “más sosegada”, y que ellos no tenían autoridad
para llevar las varas, habían decidido retornarlas a poder del comendador Rodrigo
Manrique para que éste las entregase al consistorio y este órgano de gobierno
decidiese lo que se había de hacer con los oficios de la justicia. Fue entonces
cuando, conformándose con los privilegios y usos consuetudinarios, se decidió
proceder al nombramiento de oficiales ordinarios de la justicia, habida cuenta
de que los titulares de los oficios designados por el rey, tanto el corregidor
como su teniente, estaban ausentes de la ciudad. Y, en aplicación del
procedimiento consuetudinario previsto para la elección por la sociedad
política local de estos oficiales ordinarios, se efectuó un sorteo entre las
personas designadas por las collaciones a las que correspondió participar en la
elección, resultando finalmente elegidos como alcaldes Luis de Chinchilla, Don
Alonso Carrillo y el licenciado Cuéllar, y como alguacil Juan de la Bachillera.
Lo cual sugiere que el proceso electoral debió estar amañado, pues no deja de resultar
sospechoso que saliesen elegidos precisamente los dos individuos que ya tenían
en sus manos las varas de la justicia por habérselas entregado el comendador
Rodrigo Manrique, según un procedimiento a todas luces irregular.
No era la
primera vez que, en circunstancias extraordinarias, la sociedad política local
se hacía cargo de la designación de los oficiales de la justicia, amparándose
en el privilegio de poder hacerlo cuando no había en la ciudad oficiales nombrados
por el rey, es decir, corregidores o sus lugartenientes. Pues durante el
turbulento período vivido en Cuenca tras la muerte de la reina Isabel la
Católica ya se habían producido actuaciones en esta línea en varias ocasiones.
De manera que por ejemplo en 1506, cuando a raíz de la salida de Fernando el
Católico de Castilla también marchó con él el corregidor de Cuenca, Mosén
Fernando de Rebolledo, dejando unos oficiales como sus lugartenientes, algunos
regidores y caballeros aprovecharon la circunstancia para apoderarse de las varas
de la justicia, alegando que la ciudad estaba mal gobernada por los oficiales
puestos por el corregidor huido (20). Y más adelante, poco después de
producirse la muerte del rey Felipe, el guardamayor Diego Hurtado de Mendoza se
atrevió
_____
20. Vid. DIAGO HERNANDO,
Máximo. “La alta nobleza en la vida política de las ciudades castellanas en las
décadas precomuneras: el ejemplo de Cuenca (1506-1507)”, Cuadernos de
Historia Moderna, 15 (1994), p. 134.
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a despojar de las varas de la justicia al corregidor
designado por el difunto monarca, Martín Vázquez de Acuña, e impuso al parecer
la elección de alcaldes ordinarios, para que asumiesen provisionalmente la
tarea de impartir justicia hasta que llegase un nuevo corregidor designado por
Fernando el Católico, en incluso se le acusó de haber dictado él mismo los
autos de justicia en la ciudad, amparado en su condición de alcalde de sacas (21).
A la luz
de estos antecedentes, las actuaciones de los días 20 y 21 de julio de 1520 no
presentan por lo tanto un carácter excepcional en el panorama político
conquense de las primeras décadas del siglo
XVI, pero sí que conviene llamar la atención sobre
un rasgo novedoso que introduce una importante diferencia entre las mismas y
las que habían tenido lugar en la década anterior. Puesto que en esta ocasión
la asunción de los oficios de la justicia por parte
de la sociedad política local fue propiciada por sectores que no estaban
integrados en el grupo oligárquico. Y buena prueba de ello es que en la sesión
de consistorio de 21 de julio en que se decidió nombrar alcaldes ordinarios por
el procedimiento tradicional, los procuradores y diputados de la Comunidad
reclamaron formalmente que las actuaciones relacionadas
con el nombramiento de estos oficiales de la
justicia se realizasen en nombre de la Comunidad.
El hecho
de que el representante de la justicia regia fuese expulsado de Cuenca a fines
de julio de 1520 podría hacer pensar que ésta había entrado decididamente por
la senda revolucionaria, asumiendo los planteamientos más radicales del movimiento
comunero. Pero lo cierto es que no fue así, sino que esta expulsión obedeció
más bien a motivos de aversión hacia la persona del licenciado Montiel, quien desempeñaba
el oficio de teniente de corregidor, que hacia la propia institución del
corregimiento, como instrumento al servicio de los intereses centralizadores e
intervencionistas de la monarquía. Y así lo demuestra el hecho de que el mismo
día 21 de julio en que por la mañana se procedió a elegir a los alcaldes
ordinarios, por la tarde tuvo lugar una reunión extraordinaria en la catedral a
la que asistieron
_____
21. Ibid., pp. 136-7. Más adelante
el guardamayor justificó sus actuaciones tras la muerte del rey Felipe alegando
que cuando Martín Vázquez de Acuña estaba como corregidor en Cuenca manifestaba
públicamente que no haría sino lo que el embajador del emperador Maximiliano,
Micer Andrea, le dijese, y se había opuesto a que se leyesen unas cartas que
había enviado el rey Fernando el Católico desde Nápoles. Y por esta razón la
ciudad de Cuenca se había gobernado con alcaldes ordinarios hasta que Fernando
el Católico regresó de Nápoles. Vid. DANVILA, V, p. 529.
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todos los miembros del consistorio y muchas personas
de la Comunidad, en la que se decidió enviar una carta al corregidor Rodrigo de
Cárdenas, entonces residente en Huete, para que acudiese a Cuenca a hacerse cargo
del ejercicio de su oficio. La solicitud no obtuvo una respuesta inmediata, y
mientras tanto Cuenca continuó inmersa durante unos días en una situación de
gran inestabilidad, porque los alcaldes ordinarios no consiguieron que su autoridad
fuese reconocida por toda la población, según lo reconoció en la sesión del
consistorio del día 24 el alcalde Luis de Chinchilla, cuando llegó a presentar
su dimisión alegando que a él y a los otros alcaldes “no les tenían
acatamiento”. Sin embargo pocos días después, el 28 de julio, el corregidor
Rodrigo de Cárdenas, aun persistiendo en su postura de no regresar a Cuenca, accedió
finalmente a designar un nuevo lugarteniente, el licenciado Luis Pérez de
Palencia, para que ejerciese sus funciones en esta ciudad, mientras él
continuaba residiendo en Huete. De hecho este individuo ya había desempeñado
funciones de teniente de corregidor en Cuenca hacía poco tiempo, cuando era titular
del oficio Don Antonio de Córdoba, por lo que cabe presumir que su elección
estuvo orientada a facilitar la reconciliación con la sociedad política conquense,
la cual, por motivos que desconocemos en detalle, había mantenido una relación
muy tormentosa con el anterior teniente de corregidor. Y, en las circunstancias
que estaba atravesando el reino de Castilla en aquellos momentos, se debió
estimar más prudente por parte de los representantes de la autoridad regia, en
este caso por el corregidor Cárdenas, llegar a una solución conciliadora, antes
que enconar el enfrentamiento, para así evitar que esta ciudad se decidiese a
formar frente contra la monarquía con las demás ciudades rebeldes. Por otra
parte, las condiciones impuestas al licenciado Palencia por la sociedad
política conquense, y más en concreto por un sector de la misma organizado en
Comunidad, para poder desempeñar su
oficio ponen de manifiesto que con su incorporación
a las sesiones de consistorio el día 1 de agosto de 1520 no tuvo lugar una mera
restauración de la situación institucional vigente con anterioridad al día 20 de
julio. Por el contrario, entonces se inició una nueva fase en la que primó la
búsqueda de una solución de compromiso, de manera que por un lado se mantuvo la
apariencia de normalidad institucional, pero por otro se impuso de hecho al representante
de la autoridad de la monarquía en la ciudad el acatamiento de gran parte del
programa político “reformista”de los comuneros conquenses.
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CUENCA
En efecto, nos consta que el licenciado Palencia, la
víspera de efectuar su entrada en Cuenca, fue obligado a jurar en el monasterio
de la Fuensanta, localizado extramuros de la ciudad, unos capítulos que le
fueron presentados por la Comunidad, y de nuevo los volvió a jurar a la entrada
del puente, reiterando más adelante su disposición a acatarlos cuando acudió al
consistorio a tomar posesión de su cargo el día 1 de agosto. Por lo cual desde
el primer momento este oficial estuvo sometido al control de la Comunidad, que
además fue intensificando progresivamente su presencia en las reuniones de
consistorio,
a las que no dejó de asistir en ningún momento su
procurador, y también asistieron, en número cada vez mayor, jurados, diputados
y otros oficiales, como el letrado o el pesquisidor.
Pero, si
bien es cierto que estas constataciones justifican hablar de un triunfo de la
Comunidad en Cuenca en el verano de 1520, semejante al que se produjo en otras ciudades
como Toledo o Segovia, por otro lado queda también fuera de duda que el caso
conquense no es equiparable al de éstas, porque allí la predisposición a romper
con las instituciones de gobierno central de la monarquía fue mucho menor. Así
lo hemos podido comprobar al dar cuenta de la resistencia manifestada por la
corporación de gobierno conquense a enviar procuradores a la Junta de Ávila,
que no se rompió hasta bien avanzado el mes de septiembre. Y también nos lo confirma
el hecho de que, poco tiempo después de haberse normalizado la situación
institucional con la llegada a Cuenca del licenciado Palencia, la corporación de
gobierno decidió el día 9 de agosto enviar una carta al cardenal gobernador,
asegurándole que la ciudad continuaba en el servicio del rey y que si había
habido alguna alteración en ella la causa había sido la enemistad que muchos de
sus vecinos tenían con el licenciado Juan de Montiel. Hay que tener en cuenta,
no obstante, que la intensificación de la presencia en el escenario político
conquense de la Comunidad durante el verano de 1520 propició una progresiva
decantación de la corporación de gobierno local hacia posturas más radicales,
que sin duda fue la que en el transcurso del mes de septiembre posibilitó que se
terminase adoptando una postura favorable a enviar procuradores a la Junta de
Tordesillas. Y así nos lo confirma en primer lugar la intervención en sesión de
consistorio de 28 de agosto de 1520 del procurador de aquélla, Miguel Cantero,
para requerir a los regidores que se juntasen con la Comunidad para nombrar a
un regidor y a una persona de la Comunidad como procuradores ante la Junta de ciudades
y comunidades del reino. Y en segundo lugar también las
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declaraciones de varios regidores conquenses en las
que manifestaron que sólo habían accedido a consentir que se enviasen
procuradores a la Junta presionados por los miembros de la Comunidad, que les habrían
amenazado incluso de muerte si no consentían (22).
3. TRIUNFO DE LA COMUNIDAD Y
EXILIO DE LOS SEGUIDORES
DEL GUARDAMAYOR
La vida
política en Cuenca durante las dos primeras décadas del siglo XVI había estado
profundamente marcada por la existencia de un conflicto de bandos entre un
sector de la oligarquía encabezado por el guardamayor, Diego Hurtado de Mendoza,
y otro del que formaban parte varios regidores, pero en el que al parecer no se
integraba ningún representante de la alta nobleza (23), razón que quizás
permita explicar el hecho de que este segundo bando no había conseguido hacerse
con el control de los principales resortes del poder en la ciudad. De manera que
en la vísperas del estallido de la revuelta comunera el guardamayor y los suyos
seguían disfrutando de una posición de preeminencia indiscutible en el seno de
la sociedad política conquense. Durante gran parte de los años 1520 y 1521 el
guardamayor, no obstante, estuvo ausente de Cuenca, por haberse trasladado a
Flandes en compañía del rey, razón por la cual la defensa de sus intereses
políticos pasó a correr entonces a cargo de otros miembros de su bando, entre
los que habría que destacar a su hermano, el comendador de Zalamea, Rodrigo
Manrique, su primo el canónigo Diego Manrique, y su lugarteniente Alvar García
de Molina, quien tenía reconocido el derecho a asistir en representación suya a
las sesiones de consistorio. En un primer momento los valedores del guardamayor
consiguieron preservar su posición de preeminencia ante los primeros avances
políticos
_____
22. En concreto en consistorio de
14-V-1521 el regidor Andrés de Valdés declaró que nunca había estado en
deservicio del rey “y que si se halló en dar poder a los procuradores que
fueron a la Junta fue porque le dijeron en el concejo que los de la Comunidad tenían
sogas para ahorcar a los regidores que no quisiesen otorgar el dicho poder”.
Después de él el regidor Juan de Ortega presentó idéntica declaración.
23. Algunas referencias a este
conflicto de bandos en las primeras décadas del XVI en DIAGO HERNANDO, Máximo,
“La alta nobleza en la vida política...”. Sobre los precedentes de dicho conflicto
en el siglo XV Vid. QUINTANILLA RASO, Ma. C., “Política ciudadana y
jerarquización del poder. Bandos y parcialidades en Cuenca”, En la
España Medieval, 20 (1997), pp. 219-250.
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CUENCA
de la Comunidad, a pesar de que en principio cabría
considerarlos proclives a apoyar al bando realista, dado que el propio
guardamayor había marchado en compañía del rey. Pero los sucesos de los días 20
y 21 de julio demostraron que su hermano, el comendador Rodrigo Manrique, era
quien entonces controlaba los principales resortes del ejercicio del poder en
la ciudad y representaba la autoridad más respetada. Desafortunadamente no
sabemos a ciencia cierta muy bien qué tipo de vínculos mantenía entonces éste
con la Comunidad, que cada vez iba adquiriendo un mayor protagonismo en la vida
política local. Pero, de ser ciertas las declaraciones efectuadas años después
por dos regidores del bando contrario, García Fernández de Alcalá y Andrés Valdés,
habría que presumir que debieron ser buenas y que incluso ejercería cierto
ascendiente sobre la misma, ya que, según éstos, propuso que su primo el
canónigo Diego Manrique fuese designado capitán de la Comunidad, y lo consiguió
(24).
Pero no
hemos encontrado corroborada esta información en ningún otro documento. En
cualquier caso esta situación duró muy poco tiempo, ya que hemos podido
comprobar que a partir de mediados del mes de agosto la mayoría de los partidarios
del guardamayor se fueron marchando de la ciudad, probablemente porque se les
comenzó a desplazar de los centros de decisión política. En concreto hay que
destacar por su significación el hecho de que a la sesión de consistorio de 17 de
agosto de 1520 ya no asistió el teniente de guardamayor, Alvar García de
Molina. Mientras que, en contrapartida, a partir de aquella fecha comenzó a
asistir con regularidad a dichas sesiones el regidor Luis Carrillo de Albornoz,
quien hasta entonces sólo lo había hecho de forma esporádica. Y esta circunstancia,
que a primera vista puede parecer casual, entendemos, sin embargo, que no lo
fue, sino que estuvo provocada por el relevo del bando del guardamayor de la
posición de control de los resortes del poder local, en favor de un nuevo grupo
encabezado por el regidor Luis Carrillo de Albornoz, que aparentemente estaba
apoyado por la Comunidad. En efecto, este individuo fue el único regidor que a
partir de entonces asistió regularmente a todas las sesiones de consistorio,
sin faltar a ninguna. Y además resulta muy sintomático que algunas de éstas se
celebrasen en su propia casa. Fue por otra parte nombrado
_____
24. Recoge las declaraciones de
estos dos regidores Danvila, V, p. 522.
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capitán de la Comunidad, quizás en sustitución del
canónigo Diego Manrique (25). De manera que todo apunta a hacer pensar que su
encumbramiento y la salida de Cuenca de los principales representantes del
bando del guardamayor, con el comendador Rodrigo Manrique a la cabeza,
representaron dos caras de una misma moneda. Resulta muy difícil, sin embargo, determinar
con precisión cuáles fueron los factores que propiciaron este radical cambio en
la dirección política de Cuenca, que al parecer se produjo en la segunda quincena
de agosto. A título de hipótesis cabe plantear la posibilidad de que desde la
propia Comunidad, que cada vez iba alcanzando mayor protagonismo político, se
presionase para poner fin a la situación de monopolio del ejercicio del poder
por los hombres del bando del guardamayor. De hecho algunas noticias aportadas
por el historiador local Mateo López, que no hemos podido confirmar con
referencias documentales seguras, apuntan a hacer pensar que entonces tuvo
lugar una intensa movilización de la Comunidad, que se tradujo en graves
alteraciones del orden público, que llegaron a poner en peligro la seguridad
del propio comendador Rodrigo Manrique y de otros partidarios suyos.
Pues, según este autor, los comuneros conquenses
entraron en una ocasión por la fuerza en la casa del regidor Juan de Ortega
para registrarla, porque se sospechaba que en ella estaban ocultos el
comendador Rodrigo Manrique y el regidor Jorge Ruiz de Alarcón, a los que se da
a entender por tanto que entonces se les consideraba culpables de algún delito.
Y después el comunero Bernardino de Salmerón intentó asesinar al propio Juan de
Ortega, que huyó entonces de la ciudad para ponerse a salvo (26). Sean o no ciertas
estas noticias, algunas otras referencias documentales plenamente fiables confirman
que bastantes miembros de la oligarquía vinculados al guardamayor, tales como
el comendador Rodrigo Manrique, Alvar García de Molina, teniente de
guardamayor,
_____
25. En sesión de consistorio de 1
de octubre de 1520 se dio poder pleno a Luis Carrillo de Albornoz para que
actuase como capitán general, para que junto con el teniente de corregidor
castigase todos los delitos que se cometiesen en la ciudad, y para que junto
con éste y con el letrado de la Comunidad pudiese llegar a acuerdos con caballeros
del entorno de Cuenca. Ya en sesiones anteriores se le venía identificando, no
obstante, como capitán.
26. LÓPEZ, Mateo, op. cit., t. I, p. 103. También indica
este autor que los comuneros mataron a Diego Fernández, sobrino del regidor
Juan de Ortega, saquearon la casa del canónigo D. Eustaquio Muñoz y la de Garcí
Sánchez, y quisieron poner fuego a la casa del regidor Tristán de la Muela, si
bien lo impidió el comunero Francisco de Calahorra, a quien obedeció el
tumulto.
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y los regidores Jorge Ruiz de Alarcón, señor de
Vaiverde, Diego de Aguilera y Juan de Alcalá, huyeron de Cuenca hacia el mes de
agosto (27). Y por otra parte el propio guardamayor en declaraciones prestadas
bastantes años después, para responder a las acusaciones presentadas contra él
por los regidores García Fernández de Alcalá y Andrés Valdés, informó que
cuando la Comunidad se levantó en Cuenca se encontraban en la ciudad su hermano
Rodrigo Manrique y su pariente el canónigo Diego Manrique, los cuales “trabajaron
por la sosegar e allanar, e asy lo hicieron hasta que después se tornaron a
levantar otra vez e echaron fuera a los dichos e a doña Francisca de Silva,
madre del dicho Diego Hurtado e a sus hijos, e rovaron su casa e hizieron
capitán a quien les plugo” (28).
Todos los
miembros de la oligarquía que se exiliaron en el transcurso del mes de agosto,
ya fuese de forma voluntaria o forzados por la Comunidad, pasaron a auto-proclamarse
inmediatamente como únicos servidores de la causa realista, y probablemente,
apelando al argumento de la necesidad de re-establecer la obediencia al rey en Cuenca,
planificaron una operación militar para apoderarse por la fuerza de la ciudad.
El día escogido para llevarla a cabo fue el 18 de octubre, festividad de San
Lucas, y al frente de la operación estuvo el comendador Rodrigo Manrique, quien
intentó entrar por la fuerza en la ciudad, acompañado por el canónigo Diego
Manrique, y otros parientes, amigos, criados y vasallos de Diego Hurtado de
Mendoza, entre los que debía estar Alvar García de Molina, teniente de
guardamayor (29), causando la muerte a un hombre en el campo de San Francisco
durante la operación, que terminó en fracaso (30).
_____
27. En consistorio de 6-XI-1520 se
acordó ordenar a Diego de Aguilera y Juan de Alcalá que viniesen a desempeñar
sus oficios de regimiento so pena de 10.000 mrs. cada uno para atender los
gastos de la Comunidad. Por lo que se refiere a Jorge Ruiz de Alarcón tampoco
hemos constatado su presencia en las sesiones de consistorio de estos meses.
28. DANVILA, V, p. 529. También
entonces el canónigo Diego Manrique denunció en un memorial que él había sido
saqueado por la Comunidad, y que no osaba entrar en la ciudad por miedo a la misma,
no volviendo a entrar de hecho “hasta que cesaron
las alteraciones”. Ibid., pp.
525-7.
29. En consistorio de 16-XI-1520
se leyó un requerimiento del procurador de la Comunidad solicitando que, pues
Alvar García había venido a Cuenca con Rodrigo Manrique contra la ciudad, y en
ello cometió delito, que se le revocase el oficio de la almotazanía, que aquel
año le había correspondido, y éste fuese de la Comunidad.
30. Según las declaraciones de los
regidores García Fernández de Alcalá y Andrés
Valdés. DANVILA, y p. 522.
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El
comendador continuó, sin embargo, representando una grave amenaza para la
ciudad, al mantener tropas en pie de guerra en su entorno. Y por ello al día
siguiente de la jornada de San Lucas el concejo acordó enviarle una carta requisitoria
para que inmediatamente despidiese la gente que tenía reunida, y, como medida
de precaución, ordenó cerrar la puerta del castillo de cal y canto y poner en
ella un guarda. Pero no parece que Rodrigo Manrique atendiese las demandas concejiles,
pues varias cartas intercambiadas entre ambas partes durante el mes de octubre
sugieren que permaneció al frente de gente armada en las inmediaciones de la
ciudad (31), aunque no hay constancia de que intentase dar ningún nuevo golpe
de fuerza.
Desafortunadamente
son muchas las incógnitas que quedan sin resolver sobre el significado que
tuvieron los acontecimientos del día de San Lucas. Y en concreto un hecho que
nos ha llamado la atención es que a partir de aquella jornada los representantes
del cabildo de la catedral, que por virtud de un singular acuerdo al que se
había llegado el día 18 de septiembre de 1520 habían estado asistiendo regularmente
a las sesiones de consistorio, dejaron de hacerlo (32). Y este cambio de actitud
entendemos que se debería poner en relación con las amenazas proferidas al
parecer por aquellos días contra los clérigos, de las que indirectamente nos
informa una decisión tomada en sesión de consistorio de 19 de octubre para que
no se les derribasen sus casas (33). Por lo cual estimamos probable que el golpe
planeado por el comendador Rodrigo Manrique para el día de San Lucas, en el que
no hemos de olvidar que también estuvo implicado el canónigo Diego Manrique, contase
con el apoyo de gran parte del cabildo catedral. Y por consiguiente, tras su
fracaso, éste, al haber quedado puesto en evidencia, procedería a romper todos
sus vínculos con los órganos de gobierno
_____
31. En consistorio de 23-X-1520 se
leyó una carta requisitoria que se envió a Rodrigo Manrique sobre la gente que
tenía en la villa de La Cañada. Y en sesión del día 26 se leyó una carta que
Rodrigo Manrique había escrito a la ciudad de Cuenca sobre “la venida a ella
que realizó el día de San Lucas”.
32. En virtud de un acuerdo al que
llegaron el concejo y el cabildo de la catedral de Cuenca el 18 de septiembre
de 1520 dos canónigos podrían asistir en delante de forma regular a las
reuniones ordinarias y extraordinarias del concejo, a cambio de que en contrapartida
dos oficiales del ayuntamiento, en concreto un regidor y un jurado, pudiesen
asistir a su vez a las reuniones del cabildo.
33. En concreto en esta sesión un
tal Juan Serrano comenzó proponiendo que “en lo que toca a derribar las casas
de los clérigos, que su voto es que no toquen en ellas”. Y a continuación todo
el ayuntamiento, justicia, regidores y jurados se adhirieron a su postura.
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laico, pasando a apoyar decididamente la causa
realista, como hicieron otros muchos cabildos catedralicios que en un primer
momento habían prestado un tibio apoyo a los rebeldes comuneros. En cualquier
caso tras la jornada de San Lucas el grupo que quedó consolidado al frente del gobierno
de Cuenca, con Luis Carrillo de Albornoz a la cabeza, puso buen cuidado en
evitar que se le identificase como la facción comprometida con la Junta
comunera, para privar de un argumento legitimador a los regidores exiliados,
que trataban de presentarse como los verdaderos defensores de la causa del rey.
Y por ello continuó manteniendo una postura ambigua y equidistante respecto a
la Junta comunera por un lado y a los representantes de la autoridad regia por
otro. De forma que llegó incluso a presentar denuncia contra el comendador
Rodrigo Manrique ante los gobernadores y el rey, por haber intentado conquistar
por la fuerza la ciudad el día de San Lucas, en una maniobra que según su punto
de vista no tenía por objetivo forzar la vuelta de ésta a la obediencia al rey,
pues nunca se había dejado de acatar su autoridad, sino sencillamente recuperar
su poder personal perdido (34). Y, al menos en parte, parece que se logró convencer
a los gobernadores, puesto que en una cédula despachada por el Condestable en
Burgos, el 9 de febrero de 1521, lejos de justificar la actuación del
comendador Manrique como un intento de restablecer la autoridad regia en
Cuenca, manifestó que le habían desplacido los sucesos de “muertes, quemas y
robos y otros daños” que se habían seguido de la “entrada” de éste, de los
cuales había sido informado por cartas del corregidor, Rodrigo de Cárdenas, y
de su teniente, el licenciado Palencia.
El
interés del nuevo “equipo de gobierno” de Cuenca por evitar la ruptura con los
representantes de la autoridad regia en estos meses queda por otra parte bien
puesto de manifiesto en la forma en que se procedió a mediados de noviembre para
salvar un pequeño vacío de poder que se creó a raíz de una breve ausencia del
teniente de corregidor. En efecto, por cédula de Medina de Ríoseco de 18 de
octubre de 1520 se había prorrogado el oficio del corregimiento a Rodrigo de
Cárdenas. Pero ésta no fue presentada en el consistorio conquense
_____
34. En consistorio de 23-X-1520
los procuradores de la ciudad y de la Comunidad requirieron que se enviasen
cartas al rey, a la Junta, al obispo de Cuenca y a otras personas del Consejo,
“así a los de una Corte como a los de otra”, y todas las cartas que fuesen
menester, “sobre el caso que ha acontecido de la gente que en esta ciudad
vino”.
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hasta el 16 de noviembre de 1520, y por estar
entonces ausente de la ciudad el teniente de corregidor, el licenciado Luis
Pérez de Palencia, no pudo tomar nuevamente posesión de su cargo, generándose
así una vez más una situación de vacío de poder. En estas circunstancias la ciudad,
en uso de sus privilegios, podría por tanto haber tomado a su cargo los oficios
de la justicia, y procedido a designar oficiales ordinarios mediante sorteo
entre los caballeros guisados de caballo. Pero, por el contrario, en sesión de
19 de noviembre se optó por nombrar al licenciado Pedro de Azebedo como alcalde
en nombre del corregidor hasta que regresase el licenciado Luis Pérez de Palencia,
siempre que el precedente sentado con esta decisión no pudiese causar perjuicio
a las preeminencias de la ciudad. Y sólo una persona, el regidor Andrés de
Valdés, se opuso a esta decisión por considerar que iba contra los privilegios
de ésta.
Tras los sucesos de San Lucas hubo bastantes
problemas de orden público en Cuenca, pues en las sesiones de consistorio de
los últimos días de octubre se hicieron varias apelaciones para que las
autoridades evitasen que se llevasen a cabo saqueos de casas. Y consideramos
muy probable que entonces se intensificasen los ataques de los comuneros conquenses
contra los seguidores del guardamayor y sus intereses. Pues tenemos constancia
de que se produjeron robos en las casas del guardamayor (35), y al parecer también
tuvieron lugar episodios de saqueo en las casas de la moneda, en las que éste
ejercía su autoridad desde que en marzo de 1506 se le había hecho merced del
oficio de tesorero (36). Pero desafortunadamente desconocemos el momento
preciso en que tuvieron lugar estos sucesos. De hecho múltiples indicios sugieren
que tras el abandono de Cuenca por los seguidores del guardamayor en la segunda
quincena de agosto de 1520, y más aún tras el fracaso del golpe del día de San Lucas,
se multiplicaron los actos de represalia contra los integrantes de este bando.
Pero por el momento no hemos podido determinar con
_____
35. Así lo denunció un clérigo
criado suyo cuando requirió al corregidor en consistorio de 12 de febrero de
1521 que mandase restituir lo que se había robado, pues estaban en la ciudad
los que lo habían tomado.
36. En sesión de consistorio de 19
de febrero de 1521 algunos monederos de la casa de la moneda requirieron al teniente
de corregidor que ordenase abrir la casa de la moneda, dejándola libre para
poder labrar en ella oro y plata, y que mandase tornar todos los aparejos que
en dicha casa había para labrar moneda. De lo que se deduce que se hasta
entonces las casas de la moneda habían estado ocupadas y no se había podido
labrar moneda en ellas.
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49 EL CONFLICTO DE LAS COMUNIDADES EN
CUENCA
seguridad si fueron provocados por los sectores
populares de la Comunidad o por miembros del grupo oligárquico movidos por el
resentimiento. Y en particular desconocemos qué grado de responsabilidad
tuvo en ellos el nuevo “hombre fuerte” de Cuenca,
Luis Carrillo de Albornoz. En cualquier caso la Comunidad, que durante el período
en que el bando del guardamayor controlaba todavía el poder consiguió que fuesen
atendidas bastantes de sus reivindicaciones políticas, después, tras hacerse
Luis Carrillo de Albornoz con el control de los resortes del poder local, fue
perdiendo progresivamente protagonismo, conforme el concejo de Cuenca se fue
distanciando de la Junta de Tordesillas- Valladolid. Por lo cual entendemos que
el exilio de los seguidores del guardamayor no ha de ser interpretado como una
consecuencia del triunfo pleno de la causa comunera en Cuenca, que ya había
tenido lugar con anterioridad, sino que más bien hay que ponerlo en relación
con el desenvolvimiento de disputas internas en el seno del grupo oligárquico.
4. RUPTURA DE CUENCA CON LA JUNTA
COMUNERA:
REVOCACIÓN DE PODERES A LOS
PROCURADORES
La
adhesión de la ciudad de Cuenca a la causa comunera se tradujo en muy diversas
actuaciones, que fueron convenientemente recordadas por los gobernadores en la
carta de perdón que le concedieron en Burgos el 13 de marzo de 1521 (37).
Destacaban entre ellas la retirada de varas de la justicia a los oficiales nombrados
por el rey, en concreto al licenciado Montiel y a sus alguaciles; el envío de
procuradores a la Junta de Tordesillas; la comisión de asesinatos, incendios y
derribos de casas, robos y saqueos de haciendas; el nombramiento de once
jurados sin licencia regia y la admisión de los mismos en las reuniones de consistorio;
el pregón del mercado franco de los jueves sin licencia del rey; el cierre de
las puertas de la ciudad y la imposición de la obligación a todos los vecinos
de participar en “rondas” de vigilancia; y, por fin, el establecimiento de una
sisa para recaudar dinero con el que financiar los gastos que hacía la
Comunidad (38).
_____
37. Una copia de esta carta en
acta de consistorio de 2-V-1521.
38. El Condestable ya había
concedido una carta de perdón a Cuenca, expedida en Burgos 24-II-1520, por
haber echado cierta sisa a consentimiento de las cuadrillas “para algunas
necesidades que la ciudad había tenido en los movimientos pasados”, sin haber
obtenido licencia del rey. Esta carta fue presentada en consistorio en sesión
de 23-III-1521.
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MÁXIMO DIAGO HERNANDO
Pero, si
bien es cierto que el repaso de estas actuaciones no deja lugar a duda sobre la
presencia en Cuenca de un importante sector social que apoyó las reivindicaciones
comuneras, también lo es que las instituciones de gobierno local evitaron en
todo lo posible romper con los gobernadores como representantes de la autoridad
regia. Y gracias a ello, más adelante, pudieron reconducir la situación cuando advirtieron
una excesiva radicalización de los planteamientos de la Junta en Tordesillas y
luego en Valladolid, y declarar a tiempo su pleno apoyo a la causa del rey,
evitando así que Cuenca fuese arrastrada hacia la derrota y sufriese la represión
de que fueron víctimas otras ciudades comuneras. De hecho la corporación de
gobierno conquense, que tanto se había resistido a enviar procuradores a la
Junta, fue de las primeras en comenzar a marcar distancias con ella, a partir
del momento en que trató de atribuirse funciones de gobierno y empezó a
defender planteamientos políticos de signo radical, que hacían imposible una reconciliación
con el rey. Pero, aunque los síntomas de este distanciamiento se manifestaron
ya en fechas muy tempranas, no se llegó a producir una ruptura, como la que
escenificó la ciudad de Burgos a comienzos de noviembre de 1520, hasta fechas
bien avanzadas. Aunque quizás esta tardanza en la escenificación de la ruptura
pudo ser propiciada por el hecho de que algunos de los procuradores enviados por
la ciudad a la Junta simpatizaban más con las posturas radicales de quienes controlaban
esta institución que con las posturas conservadoras de quienes ejercían el
poder en Cuenca. Y por ello, aprovechando el amplio margen de maniobra que la distancia
les otorgaba, algunos de ellos se aferraron a continuar en el desempeño de su
actividad política en Tordesillas, y luego en Valladolid, a pesar de
encontrarse cada vez más desautorizados por la sociedad política conquense, a
la
que representaban (39).
Pero,
dejando a un lado las actuaciones concretas de los procuradores, sobre las que
volveremos, y centrándonos en el análisis de la evolución de la actitud de la
corporación de gobierno hacia la Junta
_____
39. Este mismo fenómeno se produjo
en el caso de algunos procuradores enviados por la ciudad de Soria.
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51 EL CONFLICTO DE LAS COMUNIDADES EN
CUENCA
comunera, interesa destacar que ya a comienzos de
noviembre de 1520, cuando Burgos retiró sus procuradores, el consistorio
conquense en su sesión del día 2 de dicho mes aprobó una declaración
institucional por la que todos sus miembros unánimemente manifestaron que ni
aprobaban ni ratificaban lo acordado por la Junta de Tordesillas, “pues a ello
no se extendía ni pudo extender el poder que dieron a
los procuradores”.
En
aquella ocasión, sin embargo, no se llegó a discutir sobre la conveniencia de
que dichos procuradores continuasen asistiendo a las sesiones de la Junta, ni
se planteó por lo tanto la necesidad de revocarles sus poderes, quizás porque no
se llegó a considerar probado que éstos hubiesen aprobado con su voto las
medidas de retirar al marqués de Denia la custodia de la reina y de destituir a
los miembros del Consejo Real.
Pocos
días después, no obstante, algunos regidores a título particular sí que
realizaron proclamaciones solemnes en sesiones de consistorio, dando por
revocados los poderes otorgados a los procuradores que entonces representaban a
la ciudad en la Junta de Tordesillas, y declarando al mismo tiempo su plena
obediencia a los gobernadores nombrados por el rey. Y así lo hicieron en
concreto los regidores Gregorio de Chinchilla y Tristán de La Muela en sesiones
de 9 y 13 de noviembre respectivamente.
A pesar
de estas proclamaciones la cuestión no quedó entonces,
sin embargo, satisfactoriamente resuelta, sino que
tuvo que ser retomada en más de una ocasión en los meses siguientes, mientras
los procuradores continuaban desarrollando su actividad en Tordesillas. Y no
deja de resultar sintomático que, la víspera de producirse el asalto por las
tropas realistas a esta villa vallisoletana, se diese lectura en consistorio a
una real provisión firmada por el Condestable, fechada en Briviesca el 30 de
octubre, por la que se solicitaba a las ciudades que revocasen los poderes
dados a los procuradores que las representaban en la Junta. Acatando esta orden,
el teniente de corregidor y los regidores Garcí Hernández de Alcalá y Tristán
de la Muela, procedieron inmediatamente a dar por revocados dichos poderes, y a
su postura se adhirió el representante de los “guisados de caballo”.
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52
MÁXIMO DIAGO HERNANDO
Pero
otros miembros del regimiento dieron una respuesta más ambigua, como por
ejemplo el regidor Luis Carrillo, quien se limitó a manifestar que obedecía la
provisión leída y que respondería “guardando el servicio de Sus Majestades como
hasta ahora ha hecho”, adhiriéndose a continuación a su postura el procurador
síndico de la ciudad, el de la Comunidad, y el de la Tierra. Lo cual prueba que
este regidor seguía ejerciendo notable influencia sobre los sectores populares
de la sociedad conquense, los más proclives a apoyar las reivindicaciones comuneras.
Mientras que por su parte los cuatro representantes del estamento de caballeros
y escuderos se limitaron a manifestar que obedecían la provisión, y los jurados
dijeron que consultarían con sus cuadrillas y tomarían la decisión que mejor
garantizase el servicio de los reyes. De manera que, en las vísperas de la toma
de Tordesillas por las tropas realistas, en la corporación de gobierno de
Cuenca, aunque parece que dominaban ya los elementos conservadores partidarios
de la plena adhesión al bando realista, no existía unanimidad sobre la oportunidad
de romper todos los vínculos con las demás ciudades rebeldes representadas en
la Santa Junta.
La toma
de Tordesillas por las tropas realistas asestó en cualquier caso un duro golpe
a la causa comunera, porque muchos de los procuradores de la Junta fueron apresados,
y esta asamblea no pudo continuar celebrando sus sesiones. En un plazo de pocas
semanas, sin embargo, volvió de nuevo a ponerse en funcionamiento, y la mayoría
de las ciudades que habían estado representadas en Tordesillas accedieron a que
sus procuradores continuasen asistiendo a las sesiones
en Valladolid. Pero no ocurrió así con las de Soria
y Guadalajara, que en esta ocasión se negaron a enviar procuradores.
En las
actas del concejo de Cuenca no consta la recepción de ningún requerimiento de
la Junta para que se enviasen de nuevo procuradores a Valladolid. Pero sí tenemos
constancia de que alguno de los procuradores conquenses asistió a las sesiones
de la Junta en Valladolid, mientras que la mayoría por el contrario regresaron
a Cuenca. El que más tempranamente lo hizo debió ser el licenciado Titos, quien
ya se encontraba de vuelta en esta ciudad en los primeros días del mes de diciembre,
antes de producirse la toma de Tordesillas por los realistas (40). Juan de
Guzmán debió permanecer algo más de tiempo, pues en consistorio de 11 de
diciembre de 1520 se leyó una carta que había enviado a la ciudad, en la que
informaba que regresaría pronto a ella. Si bien, dado que el correo solía
viajar muy lento, es probable que la carta se hubiese escrito antes de la toma
de Tordesillas,
_____
40. Este individuo acudió a la
sesión de ayuntamiento de 4-XII-1520 manifestando
que la cuadrilla de San Martín le
había elegido como su jurado.
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53 EL CONFLICTO DE LAS COMUNIDADES EN
CUENCA
y que a raíz de ésta el procurador adelantase su
regreso. Y, por fin, el procurador Juan de Olivares, nos consta que ya estaba
de regreso en Cuenca a comienzos del año 1520, por lo que estimamos también bastante
probable que no llegase a asistir a las sesiones de la Junta en Valladolid. El
que sí es seguro que lo hizo fue, sin embargo, Fernando de Alcocer, quien
todavía se encontraba en la villa del Esgueva a comienzos de febrero de 1521,
aunque desautorizado por la corporación de gobierno conquense, que precisamente
en sesión del día 5 de dicho mes acordó conminarle a que regresase
inmediatamente a dar cuenta de lo que había hecho en la Junta so pena de
confiscación de bienes y de ser considerado traidor y desleal al rey y a su
ciudad. Y no deja de resultar sintomático que fuese precisamente este
procurador, que
había sido designado por el estado de la Comunidad,
el que más se aferró a continuar en el ejercicio de su oficio, demostrando así
un más decidido compromiso con la causa comunera, que también tuvo su traducción
en su designación por la Junta para el desempeño del oficio de pagador (41).
Cuando
Fernando de Alcocer fue amonestado por la corporación conquense en febrero de
1520 no se apresuró, sin embargo, a regresar a Cuenca como se le solicitaba,
sino que en un principio se limitó a responder por carta desde Valladolid el día
16 de febrero, manifestando que él no estaba enterado de que había sido
revocado su poder como procurador, puesto que, de haberlo sabido, no habría continuado
entrando a las sesiones de la Junta, “a lo menos como procurador”, ya que no
era amigo de excederse en el ejercicio de las comisiones que se le daban. Al
mismo tiempo anunciaba en dicha carta su disposición a regresar a Cuenca en cuanto
hubiese “camino seguro”, y aunque no accedió a comprometerse a acudir a rendir
cuentas de sus actuaciones en la Junta ante el consistorio conquense, sí acusó
recibo de su destitución como procurador a través de la siguiente declaración, de
interpretación un tanto confusa: “Y desde agora yo me tengo por revocado del
poder, mas no del servicio de vuestras mercedes”42. Desconocemos si a partir de entonces
Fernando de Alcocer continuó durante mucho tiempo en Valladolid, ni si volvió a
asistir a las sesiones de la Junta a título personal. Pero lo cierto es que,
después de haber tenido lugar la batalla de Villalar, no pudo disimular un
_____
41. Tomamos estas informaciones
del acta de la sesión de 5 de febrero de 1521.
42. Esta carta fue presentada en
consistorio por el mensajero Juan de la Mota el 26-11-1521.
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MÁXIMO DIAGO HERNANDO
fuerte temor a presentarse ante las autoridades
conquenses para rendir cuenta de su actuación en Tordesillas y Valladolid, por
miedo a represalias. Pues, en efecto, nos consta que el 11 de mayo de 1521
se le requirió que acudiese a rendir cuentas, y su
hermano Alonso respondió al escribano que presentó la notificación que, si le
aseguraban que no le prenderían, vendría a la ciudad y daría la cuenta que se
le demandaba. Entonces no fue él, sin embargo, el único de los procuradores que
se mostró remiso a rendir cuentas ante el consistorio conquense, sino que
también Juan de Olivares, que había sido elegido procurador por el estamento de
los “guisados de caballo”, tuvo cuidado en mantenerse alejado de la ciudad,
para no tener que acudir en persona ante el consistorio, como éste le había
solicitado (43). Lo cual nos induce a presumir que ambos fueron los más comprometidos
con la causa comunera. Y en este mismo sentido apunta la noticia sobre la
solicitud de prisión para estos dos procuradores presentada por la ciudad de Cuenca
el 28 de junio de 1521.
La
ruptura definitiva de Cuenca con la Junta reunida en Valladolid se escenificó
en una solemne sesión celebrada el 5 de febrero de 1521, en la que se aprobó
una dura declaración institucional, donde en primer
lugar se manifestó que la ciudad había enviado
procuradores a la Junta de Tordesillas con la única misión de que trabajasen
allí en servicio de los reyes, y con condición de que lo que acordasen proponer
en utilidad y provecho del reino se les fuese a suplicar a éstos. Pero, por
haberse tomado después en la Junta unas decisiones contrarias a estos
postulados, la ciudad había decidido revocar los poderes a sus procuradores, y
enviado a continuación dos mensajeros para notificarles la decisión, a los
cuales les fueron, sin embargo, interceptadas las cartas en el camino. Y, por
si pudiera quedar alguna duda sobre la verdadera postura del concejo conquense,
esta declaración institucional terminó manifestando que éste contradecía todo
cuanto sus procuradores hubiesen hecho en perjuicio y deservicio de los reyes y
de su preeminencia real, declarándolo nulo, por haber sido obra de
_____
43. El día 13 de mayo se presentó
una notificación, para que acudiese a rendir cuentas, en la posada de Juan de
Olivares, donde estaban su mujer e hijo. En la sesión de consistorio de
24-V-1521 se presentó un escrito suyo manifestando que enviaba a su primo a dar
cuenta de los dineros que había recibido durante el tiempo que había estado en
la Junta. Pero los miembros del consistorio exigieron entonces que viniese él
en persona a dar la cuenta.
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55 EL CONFLICTO DE LAS COMUNIDADES EN
CUENCA
personas que no tenían poder para ello y actuaban
contra la voluntad de la ciudad.
Una vez
formalizada en términos tan contundentes la ruptura con la Junta, el
consistorio conquense inició por su parte intensas negociaciones con los
gobernadores para intentar conseguir en condiciones ventajosas un perdón por el
apoyo prestado por la ciudad a la rebelión comunera en el pasado, a cambio del
ofrecimiento de su plena incorporación con su fuerza militar al bando realista
(44). Y como resultado de estas gestiones se consiguió que el Condestable desde
Burgos concediera una primera carta de perdón, de alcance limitado, el 24 de
febrero, ofreciendo garantías a la ciudad de que no se la castigaría por haber echado
sisa sin licencia regia. Pero la definitiva carta de perdón llegó, también de
las manos del Condestable, a las pocas semanas, el día 13 de marzo, quedando
entonces así solemnemente sancionada la reincorporación de la ciudad al bando
realista, aunque este perdón no conllevó una amnistía generalizada para todos los
vecinos de la ciudad y su Tierra. Pues nos consta que durante ese mismo mes de
marzo estuvo actuando en esta jurisdicción un juez pesquisidor, el bachiller
Peñarrubia, para hacer averiguaciones sobre la participación de sus vecinos en
la rebelión comunera (45).
Por su
parte, el compromiso de apoyo a la causa realista de Cuenca tuvo una evidente
traducción a partir de entonces en la prestación de ayuda al prior de San Juan,
jefe de los ejércitos realistas en la submeseta sur (46). Y más adelante en el
rápido envío de tropas a Navarra
_____
44. En sesión de 6 de febrero de
1521 se otorgó una carta de poder a Pedro de Quexada, para que en nombre de la
ciudad y Tierra y lugares de su provincia compareciese ante los reyes, los
gobernadores y el Consejo Real para solicitar un perdón general y especial, de
idénticas características al que le había sido concedido meses antes a la
ciudad de Burgos.
45. En concreto en sesión de
19-III-1521 D. Alonso Carrillo denunció que el licenciado Peñarrubia había tomado
200 ovejas de su mujer y 500 de Doña Inés Barrientos, mujer de Luis Carrillo,
“diz que por su salario”, cuando las haciendas de estas señoras no debían nada, ya que él y Luis Carrillo siempre habían
estado en servicio del rey y en favor de su justicia. A raíz de ello el consistorio
acordó enviar una petición para los gobernadores, manifestando que el
pesquisidor Peñarrubia trataba de cobrarse su salario con bienes de personas
que no eran culpadas, y lo hacía por enemistad que tenía hacia estas personas.
Sobre este mismo asunto se acordó enviar cartas al Consejo en las sesiones de
9-IV-1521 y 30-IV-152L
46. Según Mateo López en dos
ocasiones la ciudad de Cuenca envió 300 hombres de socorro y 10 carros de
artillería con el regidor Christóbal Baquero al prior de San Juan. Op. cit. p.
104. Por nuestra parte sólo hemos constatado que en sesión de 29-VII-1521 se presentó
en consistorio una provisión de los gobernadores, fechada en Pamplona,
3-VII-1521, ordenando al concejo de Cuenca que prestase al prior de San Juan
1.800.000 mrs. para pagar a la gente de armas que tenía para combatir a la
ciudad de Toledo.
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56 MÁXIMO
DIAGO HERNANDO
para combatir a los invasores franceses, al mando
del regidor Luis Carrillo de Albornoz, que participaron, siguiendo órdenes del
duque de Nájera, en la toma de la ciudad de San Juan de Pie de Puerto (47). Y pocos
meses después también a Guipúzcoa, con el mismo objetivo de combatir a los
franceses, en esta ocasión al mando del regidor Jorge Ruiz de Alarcón (48). Por
otro lado la ciudad también se erigió entonces en paladín de la lucha contra
los concejos de señorío que se habían alzado contra sus señores en la comarca
conquense, al amparo de la revuelta comunera. Y así nos lo pone de manifiesto
la aprobación en sesión de 14 de febrero de 1521 del envío de una carta para el
prior de San Juan, capitán de las tropas realistas, solicitándole que enviase
parte de los hombres que tenía bajo sus órdenes “para allanar esta Tierra”, haciéndole
ver que a la ciudad le urgía “allanar y pacificar” el marquesado de Moya, que
estaba rebelado contra su señor (49). Mientras que por el contrario con
anterioridad, en concreto en el otoño de 1520, la actitud del consistorio
conquense hacia los movimientos antiseñoriales que se produjeron en el entorno
de la ciudad había sido mucho más ambigua, e incluso alentadora de la rebelión
en aquellos lugares que habían pertenecido a la Tierra de Cuenca antes de ser
concedidos en señorío a algún miembro de la nobleza, como por ejemplo Valera de
Yuso (50).
_____
47. Consta por carta del duque de
Nájera a Luis Carrillo de Albornoz, fechada en Pamplona, 25-VII-1521, por la
que le daba licencia para volver con su gente a Cuenca, la cual presentó en
sesión de consistorio de 24-IX-1521.
48. En una cédula de los
gobernadores fechada en Vitoria, 21-X-1521, presentada en sesión de consistorio
de 6-XI-1521, se indica que Jorge Ruiz de Alarcón había acudido a su
llamamiento al frente de 300 hombres, que participaron en la defensa de la villa
de San Sebastián.
49. Se acordó que fuese como
mensajero a entregar esta carta Andrés de Valdés, regidor y contino de los
reyes.
50. Aporta algunas noticias sobre
la evolución de la actitud de Cuenca ante los movimientos antiseñoriales,
aunque sin aprovechar las numerosas informaciones que proporcionan los libros
de actas del concejo al respecto, GUTIÉRREZ NIETO, J. I., op. cit., pp. 188
y ss.
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57 EL CONFLICTO DE LAS COMUNIDADES EN CUENCA
5. EL RESTABLECIMIENTO DE LA “NORMALIDAD
INSTITUCIONAL”
La
ruptura definitiva de Cuenca con la Junta comunera, y su consiguiente plena
incorporación al bando realista, no fueron unidas a cambios significativos en
la vida política interna de la ciudad, que aparentemente siguió estando gobernada
por las mismas personas que en la fase anterior, en que la posición política de
la corporación había sido mucho más ambigua. Y sobre todo llama la atención el
hecho de que por un lado siguieron ausentes de la ciudad los regidores del bando
del guardamayor que habían huido en agosto de 1520, mientras que por otro los
representantes de las cuadrillas siguieron siendo regularmente admitidos a las
reuniones de consistorio, a pesar de que con anterioridad al triunfo de la Comunidad
no habían tenido derecho a hacerlo, y su admisión había suscitado una fuerte
oposición entre la mayoría de los regidores.
El
regreso de los regidores exiliados por causa de la Comunidad no se produjo de
hecho hasta bastante después de la batalla de Villalar. Pues, por ejemplo, nos
consta que Alvar García de Molina, teniente
de guardamayor, se reincorporó a las sesiones de
consistorio, tras varios meses de ausencia de las mismas, el día 28 de mayo de
1521 (51). Y además éstos aún tardaron un tiempo en recuperar la influencia perdida.
O al menos así lo sugiere la denuncia presentada en julio de ese año por el
propio guardamayor, en que manifestaba que en Cuenca seguía habiendo entonces capitán
de Comunidad, y que los que habían sido principales promotores de la causa
comunera en la ciudad continuaban teniendo bajo su control las puertas de
acceso a la misma, que mantenían cerradas, y la torre de la catedral, que
estaba encastillada y guardaba piezas de artillería en su interior (52).
Presumimos
que el capitán de la Comunidad al que se refería el guardamayor en su denuncia
sería Luis Carrillo de Albornoz, el cual por aquellas fechas debía encontrarse
en Navarra al frente de las tropas
que Cuenca había puesto a disposición del rey para
combatir a los franceses. Y precisamente esta circunstancia contribuye a
explicar el
_____
51. Este día prestó el juramento
al que estaba obligado para poder ejercer el oficio de almotacén, que le había
correspondido en suerte desempeñar desde el día de San Miguel de 1520 hasta el
de 1521. Debido a su ausencia de la ciudad no había
podido tomar posesión de dicho
oficio hasta entonces.
52. Vid. DANVILA, IV, p.
319. Referencia a una cédula expedida en Bruselas, 9-VII-1521, a petición de
Diego Hurtado de Mendoza.
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58 MÁXIMO DIAGO HERNANDO
paradójico fenómeno de que en esta ciudad siguiese
habiendo capitán de la Comunidad meses después de la derrota de Villalar,
porque se trataba de una persona que desde hacía tiempo había declarado su pleno
apoyo a la causa del rey. Pero este pequeño detalle al parecer había pasado
desapercibido al guardamayor, quien seguramente vería ante todo en Luis
Carrillo de Albornoz a un enemigo personal, o a
un contrincante que le había desplazado de su posición
de preeminencia en el seno del grupo oligárquico conquense. De manera que sus denuncias
sobre la persistencia de la Comunidad en Cuenca habría que interpretarlas sobre
todo como una estratagema para recuperar la influencia política perdida en esta
ciudad.
No vamos
a entrar a determinar aquí en qué medida lo consiguió, o en qué plazo de
tiempo, pero sí consideramos revelador el hecho de que, a su regreso de la
campaña de Navarra, Luis Carrillo de Albornoz ya no asistió con tanta
regularidad a las sesiones de consistorio como lo había hecho hasta fines de
mayo. Mientras que en contrapartida a partir de entonces los oficiales del
bando del guardamayor, con Alvar García de Molina a la cabeza, después de
muchos meses de ausencia, pasaron a hacer acto de presencia en la práctica
totalidad de las sesiones, imprimiendo un nuevo giro a las decisiones tomadas
en ellas. Y un buen síntoma del cambio de clima político en el consistorio nos
lo proporciona el hecho de que en la sesión de 14 de agosto se aprobase el
envío de una carta al guardamayor para darle la bienvenida, a raíz de su
regreso a Castilla procedente de Flandes. En cualquier caso este proceso de
lenta recuperación de influencia por parte del bando del guardamayor no tenemos
constancia de que fuese acompañado de una imposición generalizada de
represalias contra aquellos sectores de la sociedad política conquense, y en
particular de su oligarquía, que habían favorecido meses antes la salida de la
ciudad del comendador Rodrigo Manrique y demás parientes y seguidores del
guardamayor. Pero en contrapartida aceleró la expulsión de los representantes
de la Comunidad y de las cuadrillas de los órganos de gobierno local, a los que
habían comenzado a tener acceso a partir de los primeros días de julio de 1520.
Porque, no en vano, todos los sectores de la oligarquía parece que estaban de
acuerdo en la necesidad de llevar a cabo esta operación, incluido aquél que se
había servido del apoyo de la Comunidad para arrebatar el control de los
resortes del poder local al bando del guardamayor en el transcurso del mes de
agosto de 1520. De hecho, aunque en un primer momento la admisión de estos representantes
de los sectores populares en la sesiones de consistorio
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59 EL CONFLICTO DE LAS COMUNIDADES EN CUENCA
había tenido un carácter irregular, y por ello se
incluyó en la lista de delitos cometidos por la sociedad política conquense por
los que el Condestable concedió carta de perdón el 13 de marzo de 1521, lo
cierto es que a finales de noviembre de 1520 los propios gobernadores designados
por el rey habían concedido a la ciudad una provisión autorizando a que cada
una de las collaciones eligiese un jurado, que pudiese estar presente en las
sesiones del regimiento, sin voz ni voto, para que si algo se acordaba en ellas
que estimasen agraviante para la ciudad y a su Tierra lo pudiesen contradecir,
tomándolo por testimonio ante el escribano del concejo (53). Es muy probable
que esta concesión se efectuase con el ánimo de atraer a Cuenca hacia el bando
realista, en unos momentos en que ésta no había abandonado todavía su postura ambigua
y equidistante. Pero, después de que la causa comunera en Castilla sufriese un
golpe mortal en Villalar, los miembros de la oligarquía conquense al parecer ya
ni siquiera la juzgaron digna de ser tenida en cuenta. Y por ello finalmente a
principios de junio de 1521, una vez reincorporados todos los regidores
exiliados, el regimiento en bloque pasó a exigir de forma explícita que se
dejase de admitir a las sesiones de consistorio al procurador de la Comunidad y
a los jurados de las parroquias. De hecho, para aquellas fechas eran ya muy
pocos los jurados que asistían a consistorio, probablemente convencidos de la
inutilidad de su comparecencia, habida cuenta de la evolución que estaban
tomando los acontecimientos políticos tanto en el conjunto del reino como en la
ciudad de Cuenca en particular. De manera que por ejemplo a la sesión de siete
de junio de 1521 sólo asistió un jurado, además del procurador de la Comunidad.
Y fue precisamente en dicha reunión en la que los regidores, apelando nada
menos que a una bula papal, manifestaron su desacuerdo con la presencia de
estos dos individuos, y exigieron que en adelante se les prohibiese la
asistencia a consistorio.
Por
supuesto estas protestas formales de los regidores no tenían nada de nuevo,
pues también se habían repetido una y otra vez en los meses de julio y agosto
de 1520. Pero en esta ocasión fueron inmediatamente atendidas, de manera que al
día siguiente, el 8 de junio, el escribano del ayuntamiento procedió a
notificar al procurador de la
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53. Provisión fechada en Medina de
Ríoseco, 27-XI-1520, presentada en sesión de consistorio de 18-XII-1520. La
concesión no se efectuaba a perpetuidad sino por el tiempo “quanto fuere
nuestra merced y voluntad”.
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60 MÁXIMO DIAGO HERNANDO
Comunidad, Miguel Cantero, que en adelante le
quedaba prohibida la entrada en el ayuntamiento, so pena de 50.000 mrs., porque
así se lo había ordenado el teniente de corregidor, hasta que se determinase
por vía de justicia si le asistía el derecho a poder entrar. Y es probable que
también recibiesen similares notificaciones los jurados, aunque no se hace
constar en los libros de actas. Pero, en cualquier caso, en adelante ni
procurador de la Comunidad ni jurados volvieron a hacer acto de presencia en
las sesiones de consistorio, a las que sólo pasaron a asistir con más o menos
regularidad en calidad de procuradores los oficiales que ya lo habían venido
haciendo con anterioridad al verano de 1520, es decir, el síndico de la ciudad,
el de caballeros y escuderos y el de la Tierra.
De esta
manera quedó restablecido el modelo de organización institucional que había
regulado el reparto del poder en Cuenca antes del estallido de la revuelta
comunera en el verano de 1520. Y por esta vía también se restableció el
equilibrio de fuerzas que había venido determinando el discurrir de la vida
política conquense durante las dos primeras décadas del siglo XVI. Por lo que
de nuevo después de 1521 volvió a aflorar el siempre latente conflicto entre la
facción de la oligarquía encabezada por el guarda mayor, y la que agrupaba a
los regidores que se sentían postergados, encabezada por García Hernández de
Alcalá y Andrés Valdés (54).
CONCLUSIÓN
Utilizando
las noticias proporcionadas por los libros de actas del concejo de Cuenca de
los años 1520 a 1522, nos propusimos al redactar el presente trabajo llamar la
atención sobre algunas de las principales peculiaridades del movimiento comunero
en esta ciudad, para así contribuir también a demostrar el carácter sumamente
complejo que tuvo el proceso de rebelión de las ciudades castellanas contra
Carlos
I iniciado en 1520.
Desde
esta perspectiva hemos comprobado que en Cuenca tuvo lugar una revuelta de
signo comunero, que provocó una importante transformación del régimen de
gobierno local, que permitió acceder a los órganos de gobierno a representantes
de la Comunidad y de las
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54. Sólo tenemos noticias de este
conflicto por la documentación referente al mismo que publicó Danvila, V, pp.
519 y ss.
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61 EL CONFLICTO DE LAS COMUNIDADES EN
CUENCA
cuadrillas de pecheros. Pero al mismo tiempo también
hemos constatado que este triunfo de la Comunidad fue compatible con el
mantenimiento por parte del concejo, que siguió estando en gran medida
controlado por miembros de la antigua oligarquía, de una actitud ambigua y equidistante
hacia las dos instancias que se disputaron el gobierno de Castilla a partir del
verano de 1520, la Junta comunera, por un lado, y los gobernadores
representantes del rey, por otro. Y esta circunstancia hizo posible que más
adelante tuviese lugar el paradójico fenómeno de que, sin haberse producido
previamente ningún retroceso político de la Comunidad como institución, o de
los sectores comuneros como fuerza sociopolítica, la corporación de gobierno
terminase optando por cerrar filas en torno al rey y romper todo vínculo con la
Junta comunera. De manera que, en consecuencia, durante unos pocos meses Cuenca
continuó siendo comunera de puertas adentro, porque
continuaban en funcionamiento las instituciones de la Comunidad, pero realista de
puertas afuera, porque había declarado su plena obediencia a la autoridad del
rey.
Aunque a
largo plazo esta estrategia contemporizadora tampoco aseguró a los promotores
del movimiento comunero en esta ciudad que se consolidasen las reformas
institucionales que en el transcurso del año 1520 habían logrado introducir en
el régimen de gobierno local, puesto que pocas semanas después de Villalar los regidores
impusieron su anulación. Estas constataciones invitan por lo tanto a concluir
que la Comunidad en Cuenca fue utilizada por los diversos sectores de la
oligarquía como instrumento al servicio de sus estrategias para asegurarse el
control del ejercicio del poder local, y que no consiguió poner en marcha un
auténtico proceso de redistribución del poder entre los distintos grupos sociales
urbanos semejante al que tuvo lugar en otras ciudades comuneras, como por
ejemplo Toledo o Segovia. Porque en Cuenca en todo momento la institución del
regimiento se mantuvo intacta, y regidores fueron los que continuaron ocupando
las principales posiciones de mando, sin llegar a ver nunca seriamente
amenazada su autoridad.
Ciertamente
no todos los regidores conquenses manifestaron una igual predisposición a
contemporizar con los partidarios de la Comunidad, y a hacerles concesiones.
Pues varios de ellos, encabezados por el comendador Rodrigo Manrique, estuvieron
exiliados entre agosto de 1520 y mayo de 1521, aproximadamente, para escapar a
la persecución de los comuneros. Pero aunque fenómenos semejantes de exilio de regidores
se produjeron en muchas otras ciudades castellanas en que triunfaron las Comunidades,
en Cuenca se dio la particularidad de
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que, tanto los regidores que permanecieron en la
ciudad en el ejercicio de sus funciones como los que se exiliaron, consiguieron
después sin dificultad ser reconocidos como fieles servidores del rey, y
ninguno
llegó a ser condenado por comunero. Y ello a pesar
de que en octubre de 1520 algunos de los regidores exiliados, encabezados por
el comendador Rodrigo Manrique, trataron de apoderarse por la fuerza de la
ciudad, alegando que querían ponerla de nuevo al servicio del rey. Por lo cual
entendemos que el proceso que se desencadenó en Cuenca en el verano de 1520 fue
otra versión más del conflicto de bandos que venía enfrentando a las dos facciones
de la oligarquía a principios del siglo XVI. Pero entonces dicho conflicto
adquirió nuevas dimensiones con respecto a episodios anteriores, como
consecuencia de la entrada en escena de la Comunidad, propiciada por la evolución
general de los acontecimientos en las ciudades del centro de Castilla.
Y fue
probablemente la presencia de esta rivalidad en el seno del grupo oligárquico
la que favoreció las conquistas políticas de la Comunidad conquense, al darle la
oportunidad de ofrecerse como aliado potencial a cualquiera de las dos
facciones en conflicto, para poder así arrancar de ellas más fácilmente
concesiones. Pues incluso los regidores de la facción que marchó al exilio en
agosto de 1520 se habían estado apoyando con anterioridad en la Comunidad, con
el comendador Rodrigo Manrique a la cabeza. Pero por esta misma razón, una vez
que la derrota comunera en Villalar impuso un nuevo rumbo político en toda
Castilla, estas conquistas se desvanecieron rápidamente, sin necesidad de
ningún golpe de fuerza, puesto que a todos los regidores conquenses, por encima
de las diferencias que les separaban a unos de otros, les interesaba evitar que
los representantes de la población pechera pudiesen rivalizar con ellos por el
control del ejercicio del poder local.
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